
La cantidad de solicitudes presentadas, aunque con incrementos importantes todos los años (sobre el 50%) es muy baja. A este respecto, las grandes empresas han confiado en el sistema de deducciones fiscales por I+D+i desde su entrada en vigor, allá por el año 1995. Es decir, mucho antes de tener seguridad jurídica. Si eliminamos el número de proyectos presentados por las grandes corporaciones, ¿qué espacio representa a la PYME?. De acuerdo con el informe señalado con anterioridad, aproximadamente el 50% de las solicitudes han sido realizadas por PYME.
Si tenemos en cuenta que sólo el 0,13% de las empresas en España son consideradas grandes empresas[iii], se confirma que la aplicación de las deducciones fiscales por las PYME españolas es prácticamente inexistente. Este dato se corrobora cuando se consulta a las PYME sobre este instrumento de financiación. La mayoría lo desconocen y las pocas empresas que han oído hablar de él no tienen confianza en el sistema, ¿por qué?
Muchas empresas realizan proyectos que encajan perfectamente en los conceptos de I+D+i definidos en la legislación. Éstas desarrollan los proyectos como algo rutinario y necesario para mejorar sus procesos y productos, sin que sean conscientes de que podrían obtener ayudas muy importantes.
Otro aspecto muy interesante es el papel que juegan los asesores de la empresa. Debido a un principio de prudencia, los asesores no han sido partidarios de la aplicación de las deducciones fiscales. Sin embargo, desde el año 2003, este principio no tiene ninguna justificación. Salvo que, las empresas, se dirigen a ellos para consultar sobre su aplicación, y la problemática no es ni fiscal ni contable, sino técnica. Ante las dificultades que tiene la correcta identificación, clasificación y documentación de los proyectos, los asesores prefieren no intervenir y, en consecuencia, no aplicar las deducciones a las que la empresa tendría derecho.
Prueba de lo injustificados que pueden ser los miedos iniciales de las empresas es que aquellas que aplican por primera vez deducciones fiscales por I+D+i, según el RD 1432/2003, tienen actitudes muy positivas
Concluyendo, en los próximos años la labor de información y formación del empresariado será importante para relanzar el sistema. Con un importe medio para proyectos de I+D de 435.000 € sobre los que se pueden calcular porcentajes de ayuda de hasta el 70%[iv], desaprovechar estos incentivos es perder una oportunidad inmejorable para incrementar la competitividad de las empresas.
[i] RD 1432/2003 “Emisión por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. (BOE nº 286 de 29 de noviembre de 2003).
[ii] Subdirección General de fomento de la Innovación Industrial. Ministerio de Industria, turismo y comercio. “Informes motivados para deducciones fiscales por actividades de I+D e innovación tecnológica. Informe solicitudes 2006”
[iii] SUBDIRECCIÓN GENERAL DE APOYO A LAS PYME. “RETRATO DE LAS PYME 2008”. http://www.ipyme.org/NR/rdonlyres/333E3CFE-58C2-4A4A-9922-1E61FD9EAA24/0/RetratoPYME2008.pdf
[iv] Según documento nota ii para el ejercicio fiscal 2005. Los % a deducir pueden variar en función de la estructura de gasto de cada proyecto, aunque se puede estimar un importe medio superior al 30% para empresas que han aplicado deducciones en años anteriores y superior al 50% para el resto de casos.
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